Visa de Transeúnte Familiar
Se otorgará al cónyuge, hijos menores de dieciocho (18) años de edad no emancipados, progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar, de dependencia económica y a solicitud de los ciudadanos extranjeros titulares de los siguientes visados: Transeúnte Negocios, Transeúnte Inversionista, Transeúnte Empresario-Industrial, Transeúnte Estudiante, Transeúnte Reingreso, Transeúnte Laboral, Transeúnte Rentista y Transeúnte Religioso.
Requisitos:
- Original y copia del pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses.
- Dos (2) fotos recientes (de frente, a color y tamaño carnet).
- Copia del pasaporte y visa del familiar titular de la visa de transeúnte.
- Documentos que acrediten los vínculos familiares con el ciudadano extranjero de algún tipo de visa de transeúnte.
- Certificado médico otorgado por la autoridad sanitaria del país de origen.
- Comprobante de pago del arancel consular correspondiente.
Nota: El costo del arancel consular debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular.
La vigencia y las condiciones del visado de transeúnte familiar serán las mismas que las de los solicitantes titulares de los visados de Transeúnte Negocios, Transeúnte Inversionista, Transeúnte Empresario-Industrial, Transeúnte Estudiante, Transeúnte Reingreso, Transeúnte Laboral, Transeúnte Rentista y Transeúnte Religioso.